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Usuario | Mensaje |
jordylucio 19 julio 2018 - 22:50:42 |
Creo que si está en veda,el cupo es cero |
Kenene33 20 julio 2018 - 00:18:56 |
Perdón en desveda quería decir |
JJmorodo Moderador · Socio Pescaleón 20 julio 2018 - 10:57:15 |
Artículo 6. Cupos de captura. 1. Trucha común: a) En aguas no trucheras de acceso libre: Dos ejemplares por pescador y día, solamente durante el período hábil de la trucha, a excepción de lo dispuesto en el artículo 14 de esta orden (aguas de acceso libre sin muerte de ciprínidos), donde el cupo será cero. Fuera del período hábil, los ejemplares de trucha común que eventualmente pudieran capturarse, serán devueltos a las aguas de forma inmediata, procurando ocasionarles el mínimo daño en su manejo, cualquiera que fuese su talla. Apartado 7º.- Otras Masas de Agua en Régimen Especial. Se autoriza la pesca con caña desde el 1 de enero al 15 de octubre, con un cupo de dos ejemplares de trucha por pescador y día desde 31 de marzo al 31 de agosto, debiendo devolver a las aguas las truchas comunes que se capturen fuera de este periodo, en las siguientes masas de agua: Cuenca del Sil: Embalse de Las Rozas: Aguas embalsadas del mismo. Embalse de Matalavilla: Aguas embalsadas del mismo. Embalse de Fuente del Azufre: Aguas embalsadas del mismo. En estos tramos esta permitidos todo tipo de cebos, excepto los prohibidos con carácter general en el artículo correspondiente de esta orden. Se autoriza la pesca con caña durante todo el año, con un cupo de dos ejemplares de trucha por pescador y día desde el 31 de marzo al 31 de agosto, debiendo devolver a las aguas los salmónidos que se capturen fuera de este periodo, en las siguientes masas de agua: Cuenca del Sil: Embalse de Bárcena: Formado por el río Sil, desde la confluencia del arroyo de Velasco con el río Sil, hasta el muro de la presa. Embalse de Campañana: En toda su extensión, sito en el término municipal de Carucedo. Subcuenca del río Tuerto: Lagunas de Valderrey, autorizando la pesca todo el año en sus aguas con un cupo de dos ejemplares de trucha por pescador y día, solamente durante el período hábil de la trucha en el tramo. Embalse de Benamarías, autorizando la pesca todo el año en sus aguas con un cupo de dos ejemplares de trucha por pescador y día, solamente durante el período hábil de la trucha en el tramo. En estos tramos esta permitidos todo tipo de cebos, excepto los prohibidos con carácter general en el artículo correspondiente de esta orden. Esto es lo que dice la normativa, en ningún momento habla de que los lunes y jueves se tengan que devolver los ejemplades con la temporada abierta, pero para mas seguridad puedes llamar al 012 y que te digan como lo plantean ellos. Salu2 |
Kenene33 20 julio 2018 - 22:58:13 |
Muchas gracias es placer gente como vosotros un saludo a todos y buena pesca |
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