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Usuario | Mensaje |
doblecero 03 mayo 2025 - 12:10:59 |
Hola Ruben,buenos días: No soy abogado pero te comento lo siguiente:En principio,tal y como lo cuentas, cometiste una infracción Leve (art 74) recogida en el art.51-4 de la actual Ley de pesca.Te va a tocar pagar con descuento por pronto pago y te olvidas o presentas alegaciones.Si optas por lo segundo,armate de paciencia para un enfrentamiento contra la administración.Necesitas una consulta con un abogado experto en derecho administrativo lo que te supone un gasto a mayores de 60 o 100 Euros.Pero ¿que alegar en un caso que a priori esta claro? La clave puede estar en la definicion de margen y tu situacion en el momento de la denuncia.La Confederación Hidrografica del Duero (CHD)define el margen como el terreno que limita con el cauce y situado por encima del mismo.Dentro del margen esta la zona de servidumbre con una anchura de 5 mts.Los agentes de medio ambiente suelen poner las coordenadas geograficas en el acta de denuncia.Tienes que solicitar copia dicha acta y si aparecen las coordenadas trasladalas a google earth y conprueba si estas a más de cinco mts de la orilla.Si es asi estarias fuera de la zona de servidumbre.Recuerda que tienes 10 días habiles para presentar alegaciones desde que recibes la propuesta de sanción. Ruben.. suerte |
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